Grasas trans: En Perú aún no es obligatorio su etiquetado

10 de septiembre de 2014
  • En Estados Unidos se exige el etiquetado de alimentos con grasas trans desde el 2006.
  • La Organización Mundial de la Salud - OMS recomienda la eliminación definitiva de grasas trans en la elaboración de alimentos.
  • El consumo diario de cinco gramos de grasas trans aumenta el riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares en un 25%.

Las grasas trans son un tipo de grasa que, aunque presente en pequeñas cantidades en la leche, se encuentra principalmente en productos industrializados. Su uso hace que el aceite se solidifique aumentando el tiempo útil de los alimentos por lo que es usual encontrar este tipo de grasas en las galletas, snacks, golosinas y la margarina. Sin embargo, su consumo eleva el riesgo de sufrir enfermedades cardiovasculares hasta en un 25%, según indica la Organización Mundial de la Salud - OMS. El riesgo es tal que instituciones como la OMS o la Food and Drug Administration – FDA de los Estados Unidos desaconsejan su uso en la elaboración de alimentos.

En el Perú, el primer paso para combatir el abuso en el consumo de grasas trans se dio con la promulgación de la ley 30021 “Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes” donde se indica que todo producto, alimento y bebida no alcohólica debe indicar de manera legible que contiene grasas trans, saturadas y/o azúcares, si es que estos exceden los parámetros técnicos establecidos en el reglamento de la ley. Pero ¿cuáles son estos parámetros?

En la ley también se indica que estos parámetros deben ser estipulados por el Ministerio de Salud - MINSA tomando como fuente las advertencias de la OMS. Sin embargo, en la pre publicación del reglamento elaborado por el MINSA en Abril de este año estos parámetros distan mucho de los recomendados por la OMS.

Esta pre publicación, que estuvo sometida durante tres meses a las correcciones y recomendaciones de diferentes entidades, recibió duras críticas por entidades como la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios - ASPEC o la Consumers International - CI debido a los altos parámetros establecidos para los alimentos que inclusive superaban los establecidos por los Estados Unidos.  En ese país desde el 2006 todo alimento que contenga más de 0,5 gramos de grasas trans por cada 100gr debe indicarlo en su etiquetado y en el cuadro de valor nutricional.

La idea no debe ser en ningún caso, establecer parámetros tan altos que las empresas no puedan cumplir, ni obligarlas a asumir mayores costos que luego se trasladan a los consumidores. El objetivo es que los consumidores peruanos tengan mayor información -cuando esta es relevante- y, sin duda, es importante saber que este tipo de grasas a partir de cierto nivel de concentración es dañina, por lo que será importante que sea advertida en el etiquetado.

Por ahora, esta iniciativa aún no ha sido reglamentada. Cuando eso suceda, las empresas peruanas tendrán que hacer uso de toda su creatividad e innovación para producir productos cada vez más saludables para la población.

 



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