NÚMEROS
¿Seguros para patinetes?

La introducción en el mercado de vehículos menores eléctricos y patinetes ha contribuido a reducir el impacto climático de las emisiones que generan los vehículos a combustión, pero también ha generado problemas con los peatones y, como consecuencia de ello, se generan daños a personas y bienes.
Por ello, en julio del presente año, el gobierno español estableció la obligación de que los dueños de patinetes y vehículos menores tengan un seguro de responsabilidad civil para circular por las calles y ahora se está reglamentando que los vehículos que tengan motor que pese menos de 25 kilos y alcance una velocidad máxima de 25 kilómetros la hora, deban contar con un seguro obligatorio según detalla una nota de El Economista de España
En 2021, la Unión Europea dejó en libertad de los estados miembros la decisión de imponer o no un seguro obligatorio para los vehículos conocidos como segway, monociclos, hoveboards o similares que son de uso individual. España introdujo esta obligación en el 2025 y ahora la está reglamentando para proteger a las víctimas de la irrupción masiva de los VPL que circulan por las vías sin ningún marco jurídico.
En el Perú, no existe una normativa similar porque la expansión de este tipo de movilidad está limitada por la falta de ciclovías, por lo que no parece que sea necesario regularla, aun cuando probablemente ya existan casos de accidentes provocados por la imprudencia que caracteriza a sus conductores. No obstante, es bueno conocer que de llegar el momento, será necesario también establecer un marco jurídico específico más allá de lo que plantea el propio Código Civil.
Publicar un comentario