EEUU: embarazo considerado como discapacidad y acompañado de despido volverá a ser revisado
- En Estados Unidos hay una Ley de Discriminación por Embarazo que condena la discriminación intencional.
- Madre que demandó a empresa argumenta que embarazo no es discapacidad y que merecía que le asignen una tarea más liviana durante el tiempo que durara su periodo de gestación, como se hacía en otras situaciones de discapacidad de hombres.

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Peggy Young, conductora de United Parcel Service-UPS en Annapolis-Maryland, condujo por cuatro años un camión de reparto, hasta que salió embarazada y perdió su empleo y el seguro médico porque la enfermera de la empresa le pidió una nota de su médico y este escribió como recomendación que no debía levantar más de 20 libras. La enfermera justificó su decisión basada en que la empresa no ofrecía trabajos alternativos, según informó NPR en diciembre del año pasado.
La enfermera demandó a UPS por su pago retroactivo y daños a la luz de la Ley de Discriminación por Embarazo. Los abogados de la empresa respondieron que dicha Ley no estaba destinada a proteger el embarazo sino la discriminación intencional. En este caso, la política de la empresa simplemente era no dar cabida a discapacidades ocasionadas fuera del hogar. Young argumentó que estar embarazada no es una discapacidad.
En primera instancia, UPS ganó y el caso fue desestimado sin juicio. Sin embargo, algunos aspectos en la defensa de Young siguieron generando debate:
- Había antecedentes en la empresa de conductores que habiendo perdido sus licencias de conducir, fueron asignados a tareas diferentes hasta recuperar las mismas.
- También se puso como ejemplo que conductores que tuvieron accidentes cerebrovasculares e incidentes de hipertensión fueron reasignados a trabajos livianos que les permiten mantener su protección de salud.
Sin embargo, a Young se le negó.
La Corte Suprema ha resuelto la causa hoy y ha ordenado que el expediente vuelva a ser revisado por un tribunal inferior. Se entiende que la Corte ha pedido que se revise el caso a la luz de la Ley de Discriminación por Embarazo.
En el Perú, se acaba de aprobar el Convenio 183 de la OIT que incrementa el periodo de Licencia por maternidad de trabajadoras de 90 a 98 días, lo cual hay que celebrarlo por el efecto que tendrá en la salud y cuidado del bebe. Pero, no sabemos cuántos son los casos, en los que la maternidad sigue siendo vista como una discapacidad en nuestro país ya sea velada o subrepticiamente.