México regula el uso de drones: ¡hay un dron sobrevolando mi jardín!

30 de abril de 2015
  • Estados Unidos y ahora México establecen regulaciones sobre el uso de drones.
  • En México se estaba utilizando este tipo de dispositivo para transportar drogas.
  • En el Perú no hay una regulación específica sobre el uso de drones.

Foto: http://www.talkingdrugs.org/

Hace unas semanas en los Estados Unidos, la Administración Federal de Aviación de EE.UU. (FAA, por sus siglas en inglés) comenzó a limitar el uso comercial de drones, exigiendo una licencia y limitando el tiempo de vuelo diario, de acuerdo con un reporte de viajes.

Ahora en México la Dirección General de Aeronáutica ha publicado una Circular Obligatoria que está vigente desde el 8 de abril que establece los requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia por parte de cualquier tipo de persona.

Para empezar se clasifican los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia y se establece el tipo de uso que le pueden dar que para los tres casos puede ser recreativo y comercial.

  • El dron RPAS micro con un peso de 2kg o menos, cuyo vuelo es permitido siempre y cuando respete las leyes federales y locales, así como reglamentos y lineamientos de vuelo.
  • El dron RPAS ligero con un peso de 2kg a 25kg, y su vuelo es permitido sólo en clubes de aeromodelismo. Para volar un dron ligero fuera de este tipo de clubes, es necesario que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) que es una división de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte (SCT) en México conceda una autorización previa al operador.
  • El dron RPAS pesado, cuyo operador necesita contar con una licencia de piloto; el dron debe estar registrado ante la Dirección General Adjunta de Transporte y Control Aeronáutico, además de que debe tener una autorización especializada.

Luego se establecen requerimientos y limitaciones generales para todas las categorías y los específicos para cada una de las tipologías.

Entre los requerimientos que han sido establecidos están que los drones tendrán un peso máximo de 25kg, su vuelo se limitará a horarios de día, se debe realizar a por lo menos 9.2 kilómetros de distancia de los aeropuertos. Además, quedan prohibidos para los tres tipos de drones, transportar mercancías peligrosas, sustancias prohibidas y armas o explosivos, estableciendo que los operadores son responsable de cualquier uso prohibido que se le quiera dar al dron.

En el Perú, como en la mayoría de los países de la región aún no se ha regulado el uso de drones, pero es de esperar que se evalúe la pertinencia de que estos dispositivos no sean utilizados para transportar sustancias prohibidas o para atentar contra la intimidad personal de las personas, y se establezca la responsabilidad directa de los operadores.

Imagínese un dron de un medio de comunicación sobrevolando su casa mientras comparte una parrillada con su familia. Les toca a las autoridades de Aeronáutica Civil someter a discusión la pertinencia de una regulación sobre el uso de estos dispositivos que cada vez están más generalizados.



En un esfuerzo por incrementar la tasa de circularidad europea para 2030, la Unión Europea se prepara para aprobar la Ley de Economía Circular en 2026 que contempla énfasis en la industria textil.
Daniel Chong se instaló en Lavapiés en 2009 y actualmente tiene seis tiendas propias, cinco en Madrid y una en Barcelona, además de tener presencia en 195 puntos multimarca en España y ahora apunta a latinoamérica.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa despaña ha prepublicado el reglamento de la Ley que obliga a los dueños de Vehículos Personales Ligeros (VPL) a contar con seguros de responsabilidad civil.