Ley sobre uso de asiento de bebé: Perú es el único país de Sudamérica que no obliga su uso

04 de diciembre de 2014
  • Otros países sin legislación al respecto: Guatemala, El Salvador y República Dominicana.
  • Estos dispositivos pueden reducir el riesgo de muertes en accidentes en un 70%, según la OMS.

Foto: Zaida Ysla

Chile, Ecuador, Colombia, Argentina, Brasil, Uruguay entre otros países de Sudamérica cuentan con una legislación que prohíbe el transporte de bebé y niños sin un asiento especial para su protección. Sólo Perú, hasta el momento, no cuenta con una legislación que obligue el uso de asiento para bebés y niños en autos.

Esto podría cambiar gracias a un proyecto de ley presentado a inicios del mes pasado al Congreso de la República. El proyecto, sustentado por la presidenta de la Comisión de Transportes y Comunicaciones, Gladys Oseda Soto, propone establecer el uso de Sistemas de Retención Infantil (SRI), conocidos como “silla de bebé/niño”, así como cinturones de seguridad en el interior de los vehículos.

La iniciativa dispone que toda persona que conduzca un vehículo particular comprendido en la categoría M1 (vehículo de transporte de pasajeros, de no más de ocho asientos además del asiento del conductor), debe asegurarse que el menor que viaje sentado en el asiento posterior de su vehículo utilice recursos de retención adecuados para su edad.

El uso de asientos o sillas para bebés y niños se había dejado hasta la actualidad a libre albedrío de los padres, quienes optaban o no por comprar uno de estos. Sin embargo, varias instituciones internacionales han resaltado la importancia de usar estos asientos debido a la reducción de riesgos que permite. Así, la OMS señala que estos dispositivos reducen la mortalidad de bebés en un 70% y en niños pequeños entre 54% y 80% en caso de accidentes. Además, precisa que en más del 90% de los países con ingresos altos dispone de legislación nacional sobre uso de sistemas de retención para niños, mientras que esa proporción en países de ingresos bajos es sólo del 20%.

El dictamen fue dejado en suspenso a solicitud de la titular de la comisión dictaminadora, a fin de elaborar un texto sustitutorio que recoja las observaciones y sugerencias presentadas durante el debate.



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